Medición y exposición contable de activos biológicos en un sistema de producción porcina
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Date
2018-10-30Author
Marcolini, Silvina Beatriz
Verón, Carmen Stella
Chao Oca, María del Carmen
Fidel Kinori, Gad
Jornadas Universitarias Internacionales de Contabilidad y Jornadas Universitarias de Contabilidad (06º y 39º : 10 al 12 de octubre de 2018 : Posadas, Misiones)
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En nuestro país, la Federación Argentina de Consejo Profesionales de Ciencias Económicas, ha modificado la norma contable relacionada con la actividad agropecuaria, vigente desde el 2005 (Resolución Técnica No 22). El 01 de diciembre de 2017, aprobó la Resolución Técnica No 46, “Nuevo texto de la Resolución Técnica No 22 “Normas contables profesionales: Actividad agropecuaria”, modificación a la Resolución Técnica No 17 “Normas contables profesionales: Desarrollo de cuestiones de aplicación general” y a la Resolución Técnica No 9 “Normas particulares de exposición contable para entes comerciales, industriales y de servicio”, con vigencia para ejercicios iniciados a partir del 01 de enero de 2018.
La aplicación de esta norma específica, siempre ha sido motivo de revisiones, análisis y consultas, porque resulta imposible abarcar en un texto único, todas las alternativas que admite la actividad agropecuaria y sus diferentes producciones. A su vez, la nueva norma ha entrado en vigencia recientemente, por lo que la experiencia al respecto es casi nula.
Por otra parte, la producción porcina ha crecido considerablemente en Argentina, por el incremento en el consumo de carne de cerdo, tanto a nivel nacional como internacional y las posibilidades crecientes de exportación. Asimismo su proceso biológico incluye activos de diferentes características y destinos, por lo que su análisis desde la perspectiva contable se convierte en interesante.
El objetivo del trabajo es plantear las características de los sistemas de producción porcina, revisar la nueva RT 22 en la parte pertinente a los activos biológicos de la actividad y presentar un caso de aplicación cuyos datos corresponden a un establecimiento ubicado al norte de la provincia de Buenos Aires. Se trata de un establecimiento productivo real, en actividad, y los datos que se presentan corresponden a la información generada internamente por la empresa, a la que tuvimos acceso a los fines de esta investigación.
En un sistema de producción porcina de ciclo completo, como el que analizamos en el trabajo, encontramos activos biológicos destinados a la venta (lechones, cachorros, capones, etc.) y activos biológicos destinados a su utilización (padrillos, cerdas madres, cerdas servidas, etc.). En consecuencia, para la revisión de los criterios de medición y pautas de exposición, que de acuerdo a la nueva redacción de la RT 22 es aplicable a la producción porcina, será necesario considerar esta clasificación.
Respecto a la medición de dichos activos, no existen dudas sobre el criterio que corresponde aplicar. Los activos biológicos destinados a la venta se miden a valor razonable menos gastos estimados en el punto de venta. Además, todas las categorías de porcinos cuyo destino es la venta, lechones, cachorros y capones, tienen mercado activo en su condición actual y por lo tanto el valor razonable es observable directamente. Los activos biológicos destinados a ser utilizados cumplen con la definición de animales reproductores y por lo tanto, el criterio primario de medición es el costo de reposición en el mercado, independientemente de que el bien fuera adquirido o producido por el ente, al que de corresponder se le calcularán las depreciaciones acumuladas.
Respecto a la exposición hemos hecho hincapié en el cambio introducido por la norma, al incorporar el rubro activos biológicos. Todos los animales de un establecimiento porcino serán incluidos dentro de este rubro en el Estado de Situación Patrimonial y clasificados, en la información complementaria, según se encuentren en desarrollo, en producción o terminados.
La norma es más clara respecto a los resultados de la producción agropecuaria y ayuda a organizar el sistema contable en pos de reconocer en forma separada la producción y los costos de producción. Siguiendo el planteo de la norma, el plan de cuentas de una empresa agropecuaria en general debiera incluir dentro de sus cuentas de resultados, la cuenta “Producción”, con una apertura que le permita distinguir dentro de ésta, agricultura y ganadería si existe y dentro de cada una de éstas últimas la actividad que se desarrolla. Con el mismo criterio, se habilitará la cuenta “Gasto de Producción”, que debiera aparecer clasificada en agricultura y ganadería. En este caso, cada entidad revisará si le resulta posible distribuir los costos por actividad dentro de la clasificación anterior. Además, dentro de cada cuenta de gasto se incorporarán todos aquellos que se refieran a la producción agropecuaria, de manera que sus totales sirvan de base para el armado del cuadro de gastos.
A través de la aplicación práctica de la norma en un establecimiento real, con los datos obtenidos del mismo, hemos pretendido contribuir al desarrollo de un sistema contable que facilite la tarea y sirva de base para la preparación de la información Financiera. Es muy importante que esta norma específica pueda ser aplicada por los profesionales en ciencias económicas. La información suministrada por un ente agropecuario mejora sustancialmente, cuando incorporamos el concepto de producción a nuestros estados contables.
URI
http://bibliotecadigital.fce.unam.edu.ar/handle/bhp/472https://juc.eventos.fce.unam.edu.ar/wp-content/uploads/sites/4/2018/10/2018-ANALES-JUC-JUIC-VOLUMEN-1-AREA-TECNICA.pdf