Análisis de la evasión fiscal como delito precedente de lavado de activo
Fecha
2023-10-26Autor
Ayala, Susana
Chas, Adriana
Snihur, Gladis
Redka, Javier
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
En el presente trabajo se intentará dilucidar las cuestiones principales referidas al tema de lavado de activos. El mismo requiere un cuidadoso análisis en particular sobre si corresponde considerar a la Evasión Tributaria como Delito Precedente del Lavado de Activos. En tanto que presenta ciertas características que lo hacen complejo, a saber: 1) la compleja jurisprudencia referida al fondo de la cuestión; 2) se observa gran diversidad de opiniones doctrinarias; 3) en Argentina, insuficiente estadísticas sobre cuáles las fuentes de dinero sucio o negro, a blanquear; 4) la gran cantidad de inquietudes, dudas y expectativas que se le presentan al contador público, a raíz de las cargas impuestas por la Ley en lo relativo al ejercicio de su profesión, como sujeto obligado a informar a la UIF de todas las operaciones inusuales detectadas, regulado por las resoluciones 65/2011, 104/2016, complementadas por la Resolución 420/11 de la F.A.C.P.C.E. y el Informe Nº 1, el enfoque basado en riesgos, y el informe N° 5 del CECYT.
Es así que partimos de los siguientes interrogantes:
1. ¿Qué es la evasión fiscal?
2. ¿En qué casos, o cuales son los supuestos por lo cual se considera a la evasión fiscal como delito precedente del lavado de Activos?
3. ¿A qué Organismo le compete la investigación? - UIF - AFIP?
4. ¿Cuál es el alcance de la responsabilidad del profesional de Ciencias Económicas?